MultiSoluciones con Abogados en elaboración de contratos
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En Multisoluciones somos especialistas en Derecho Contractual ;
elaboración de contratos a la medida del cliente y del negocio en particular para un contrato bien realizado y redactado.
Entendemos
que cada relación jurídico- negociar es totalmente independiente y que cada contrato
conlleva un altísimo nivel de detalle para una efectiva protección de los intereses
de nuestros clientes.
Nos encargamos de asesorar a todos los sectores industriales en materia de
elaboración de contratos, revisión de contratos y ajuste de contratos y documentos
legales simples, complejos y especializados en contratos.
Nuestra amplia experiencia en la práctica de derecho contractual nos permite prestar
una asesoría sólida y eficiente en la estructuración de contratos que brindan
soluciones eficaces a nuestros clientes, con el fin de desarrollar sus negocios sin
entorpecerlos, garantizando el cuidado de los intereses legales de la compañía en
cada cláusula establecida en dicho acuerdo de voluntades.
Debemos tener presente que cualquier documento puede ser fuente de obligaciones
legales, es decir, cualquier documento constituye una responsabilidad frente a su
contraparte contractual. Para ello, debemos entender el contrato como un acuerdo de
voluntades encaminado a generar obligaciones entre las partes.
La legislación laboral faculta al empleador para modificar de manera unilateral el contrato de trabajo cuando así lo
estime necesario, sea justificado y no afecte en ninguna medida los derechos mínimos del trabajador. Aunque dicha
facultad es unilateral, lo ideal sería concertar la modificación con el afectado.
Si hay lugar a hacer este tipo de modificaciones, el empleador tiene la facultad de llevarlas a cabo en cualquier
momento, siempre y cuando no afecte las garantías mínimas del trabajador.
Nos encargamos de asesorar a todos los sectores industriales en materia de actualización o modificación de contratos, revisión de contratos y ajuste de contratos y documentos legales simples, complejos y especializados en contratos en Bogotá.
Nuestros Abogados redactan sus contratos adaptándolo a sus necesidades concretas. Tanto si prefiere una redacción personalidad recogiendo condiciones o cláusulas especiales, como si prefiere un modelo de contrato estandarizado.
Es un contrato laboral que tiene un límite temporal especificado de manera clara en el contrato. Puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado sea inferior a un año.
Los contratos a término fijo se pueden clasificar en dos modalidades de contratación: contratos con un vencimiento igual o superior a un año y los contratos con un vencimiento menor a un año.
Modalidad 1: Igual o superior a un (1) año
• Debe constar siempre por escrito.
• El término de su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser prorrogable de forma indefinida.
• Si hay periodo de prueba debe constar por escrito al inicio del contrato.
• Para su terminación no se requiere aviso previo.
• En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
Modalidad 2: Inferior a un (1) año
• Este tipo de contratos únicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un (1) año.
• Para su terminación no se requiere aviso previo.
En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
El contrato a término indefinido es aquel que no tiene estipulada una fecha de terminación de la obligación entre el empleado y el empleador, cuya duración no está determinada por la de la obra o la naturaleza de la labor contratada, o no se refiera de manera explícita a un trabajo ocasional o transitorio. Puede hacerse por escrito o de forma verbal.
• Si se quieren establecer cláusulas específicas para el contrato es necesario formalizar el contrato a través de un contrato escrito.
• El empleador se compromete a pagar prestaciones sociales, prima de servicios, descansos remunerados y aportes parafiscales.
• En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
El contrato es por una labor específica y termina en el momento que la obra llegue a su fin. Este tipo de vinculación es característica de trabajos de construcción y de universidades y colegios con profesores de cátedra, que cumplen su labor una vez haya terminado el periodo académico. Este contrato es igual en términos de beneficios y descuentos a los contratos indefinidos y definidos, por ser un contrato laboral.
Según el Código Sustantivo del Trabajo, se define el trabajo ocasional, accidental o transitorio, como aquel trabajo de corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador. Es decir, que no tiene que ver con las labores propias que desarrolla el contratante. Por ejemplo, en una oficina de una agencia de viajes aparece una humedad y se hace necesario contratar a un técnico para arreglar el problema. La agencia de viajes necesita un técnico que arregle la pared. El técnico estaría por contrato ocasional porque no va dentro de las tareas rutinarias de la empresa.
Esta forma de contratación puede hacerse por escrito o verbalmente; pero es recomendable hacerlo por escrito, especificando la tarea específica del trabajador para evitar conflictos durante y después de la realización de la labor.
• Puede ser verbal o escrito.
• Debe relacionarse con actividades ajenas al objeto social del contratante.
• Su duración nunca podrá ser mayor a treinta (30) días.
Este tipo de contrato se celebra de manera bilateral entre una empresa y una persona (natural o jurídica) especializada en alguna labor específica. La remuneración se acuerda entre las partes y no genera relación laboral ni obliga a la organización a pagar prestaciones sociales. La duración es igualmente en común acuerdo dependiendo del trabajo a realizar. El empleado recibe un sueldo al cual se le descuenta únicamente por concepto de retención en la fuente.
Permítanos asesorarle y servirle con servicios especializados en elaboración de contratos en Bogotá.
Envíenos su solicitud sobre elaboración de contratos y pronto le responderemos, nuestra empresa tiene cobertura a nivel nacional. En las principales ciudades de Colombia, tales como; Bogotá, Bucaramanga, Cúcuta, Santa Marta, Barranquilla, Cartagena, Valledupar, Montería, Medellín, Cali, Eje Cafetero, Neiva, Ibague, Villavicencio.
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